Va Segur@
Atención Telefónica
En caso de un accidente debes comunicarte inmediatamente al Centro de Atención
Actividades Extraescolares
Las actividades extraescolares también son cubiertas por el programa Va Segur@.
Personal Escolar y Docente protegido
Justificación del Programa:
El Gobierno de la Ciudad de México al entender la vulnerabilidad en la que quedan los hogares mexicanos de escasos recursos ante la inequidad económica y educativa al presentarse gastos imprevistos por accidentes que lleguen a sufrir las y los estudiantes, brinda atención a la población escolar distribuida en 4101 instituciones educativas públicas de nivel básico, y a 254 de nivel medio superior (SEP, 2022-2023) ubicadas en las dieciséis alcaldías de la Ciudad de México, mediante asistencia médica de urgencias contra accidentes escolares que permita tanto a madres y padres de familia, como a las autoridades de educación de la Ciudad de México tener la seguridad y tranquilidad de saber que sus hijos(as), alumnos (as) que están inscritos en escuelas públicas, cuentan con un seguro que les brinda atención médica de urgencias en caso de accidente escolar que pudiera sucederles durante el desarrollo de sus actividades educativas, incluyendo también los trayectos de su casa a la escuela y viceversa de manera ininterrumpida y brindar esa misma seguridad a las y los maestros, trabajadores educativos que laboran en beneficio de las y los asegurados.
Problema Social Atendido por el Programa Social:
Causas centrales del problema social. Los accidentes escolares constituyen un grave problema, según un estudio conjunto entre la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Unicef en el Informe Mundial Sobre la Prevención de las Lesiones en los Niños ya que son la primera causa de muerte en niños y niñas con edades entre 1 a 14 años.
En México los accidentes escolares representan la cuarta causa de muerte, y sólo el 0.6% de la población escolar cuenta con un seguro de gastos médicos mayores. Esto significa que solo aquellos que tienen un ingreso superior a los ocho mil pesos, pueden invertir en una póliza en caso de una emergencia médica.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) define el gasto catastrófico como aquel que supera el 30% del ingreso disponible del hogar, mientras que, el gasto empobrecedor según el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) se refiere al gasto en salud que realizan los hogares y que los ubican por debajo de la línea de pobreza alimentaria.
Objetivos:
Objetivo general:
Garantizar que la población objetivo descrita en el numeral 5.1 reciba atención médica de urgencias a través de un servicio de aseguramiento, en caso de accidente escolar o dentro de las coberturas establecidas en las presentes Reglas de Operación, que permita a la población beneficiaria, afrontar situaciones fortuitas sin vulnerar la economía familiar. Contribuyendo en la protección y el cuidado necesarios para preservar la integridad física, psicológica y social de las personas beneficiarias, en cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 72 y 73 de la Ley General de Educación, adicionalmente se reduce el ausentismo laboral de los padres.
Objetivos particulares:
a) Contribuir en la protección y el pleno ejercicio de los derechos en materia de educación y salud de la población estudiantil, docentes, trabajadores(as) educativos(as), servidores(as) públicos y prestadores(as) de servicios que laboren en las escuelas públicas de nivel básico y nivel medio superior de la Ciudad de México, para evitar el abandono escolar y el ausentismo laboral.
b) Difundir el programa social en todas las escuelas de educación pública básica y nivel medio superior que lo solicite, así como capacitar al personal administrativo (directores, profesores, etc.) en coordinación con la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México (AEFCM) en zonas y planteles escolares.
c) Supervisar que las personas beneficiarias reciban atención médica de calidad, eficaz y eficiente y que este sea brindado a través clínicas y hospitales privados que cuenten con la infraestructura óptima, el personal suficiente y la especialidad que requiera la atención de las personas beneficiarias.
Beneficiarios:
Formato Requerido:
AVISO DE ACCIDENTE SEGUROS AZTECA S.A. DE C.V.
Padrón de beneficiarios Va Segur@
Consulta aquí las personas beneficiarias de este programa
Reglas de Operación
Reglas de Operación Va Segur@ 2024
Evaluación del Programa:
Conoce el resultado de la encuesta de satisfacción de usuarios sobre el desempeño del programa Va Segur@ 2018
Datos de contacto
Numero de Atención Personalizada: 800-022-00-67
OPERACIÓN DEL PROGRAMA
Población asegurada
El Programa Seguro Contra Accidentes Personales de Escolares “Va Segur@” tiene como objetivo garantizar que los alumnos y alumnas de escuelas públicas de nivel básico (preescolar, primaria, secundaria) y nivel medio superior que se ubiquen en la Ciudad de México cuenten atención medica de urgencias a través de un servicio de aseguramiento en caso de accidente escolar y lo hace extensivo a: alumnas y alumnos inscritos en Estancias Infantiles, Centros de Desarrollo Comunitario (CDC), Centros de Bienestar Social Urbano (CBSU), Centros de Asistencia Infantil Comunitaria (CAIC) y Centros Asistenciales de Desarrollo Infantil (CADI) del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de la Ciudad de México ); Centros Comunitarios de Atención a la Infancia (CCAI) y Centros de Educación Inicial (CEI) de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México (SECTEI); Centros de Atención Múltiple (CAM); Centros de Atención y Cuidado Infantil (CACI); Centros de Desarrollo Infantil (CENDI) en la Ciudad de México, Centros de Desarrollo Infantil (CENDI) de Santa Martha Acatitla; Centros de Educación Preescolar y Primaria STUNAM (CEPPSTUNAM); Escuelas Técnico Profesional de Danza Clásica y de Danza Contemporánea de la Secretaría de Cultura de la Ciudad de México; Centros de Educación Artística (CEDART) y Escuelas de iniciación artística y medio superior (Teatro, Danza y Artes Plásticas y Visuales) del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL), y al Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA), Puntos de Innovación, Libertad, Arte, Educación y Saberes (PILARES).
Personas beneficiarias y beneficiarios de los programas sociales educativos del Gobierno de la Ciudad vigentes, que participen en actividades educativas, culturales, medioambientales organizadas por la Autoridad Educativa, siempre que sean alumnas o alumnos inscritos en escuelas públicas de nivel básico (preescolar, primaria, secundaria) y nivel medio superior; que se ubiquen en la Ciudad de México.
Menores inscritos en internados públicos de la Ciudad de México cuyo horario de permanencia corresponda a las 24 horas del día de lunes a viernes. En este caso el servicio de aseguramiento es cobertura total; es decir, garantiza la atención de todo tipo de accidentes en actividades escolares o extraescolares. El aseguramiento incluye a docentes responsables de grupo y cuidadores nocturnos de las y los menores, en el mismo horario.
Además a docentes, trabajadores(as) educativos(as) o escolares, servidores(as) públicos y prestadores(as) de servicios que laboren o brinden algún servicio o actividad en beneficio de las y los alumnos asegurados, ya sea administrativo o sustantivo por ejemplo: director(a), subdirector(a), cuerpo secretarial, trabajador(a) social, orientador(a) educativo, perfectos(as), asesor técnico pedagógico (ATP), intendente o conserje), mismos que son enunciativos más no limitativos, por lo cual se debe considerar entre otros a:
Talleristas, monitores, encargados, coordinadores escolares, promotores, asesores de programas, auxiliares administrativos y becarios adscritos a los Programas Sociales educativos del Gobierno de la Ciudad de México vigentes, así como las instituciones arriba mencionadas, y padre, madre o tutor de los beneficiarios de los Programas del Fideicomiso Bienestar Educativo de la Ciudad de México que se encuentren dentro de las instalaciones del mismo, realizando algún tipo de trámite o servicio en beneficio de las y los alumnos asegurados.
Es necesario precisar, que la Población objetivo y beneficiaria a la que hacen referencia las presentes Reglas de Operación seguirá vigente al servicio de aseguramiento y atención médica de urgencia en caso de accidente escolar con independencia de que llegara a cambiar la denominación de los diversos centros, instalaciones, escuelas o lugares de trabajo en donde se encuentre.
Riesgos cubiertos
*Se cubre a las y los asegurados mientras estén realizando sus actividades dentro de la escuela.
*En trayectos que realicen desde su domicilio a la escuela y viceversa, de manera ininterrumpida, en inscripciones, trámites escolares o administrativos, así como en actividades extraescolares que asista o participe derivadas de un evento educativo, cívico, cultural, ecológico, deportivo, cursos de verano o durante periodos vacacionales organizados por las autoridades educativas o por instituciones del Gobierno de la Ciudad de México y las alcaldías, actividades que deberán ser programadas y supervisadas por el director de la escuela o por la Autoridad Educativa Federal o de la Ciudad de México.
*La cobertura también incluye accidentes colectivos ocurridos en sus actividades escolares derivados de fenómenos naturales que pongan en riesgo la integridad física de los asegurados, como el caso de riesgos Hidrometeorológico, inundaciones y tormentas que provoquen una epidemia, granizo de gran tamaño, etc., así como riesgos geológicos, sismos, derrumbes y/o desgajamientos.
*El servicio de aseguramiento también incluye los gastos médicos por parto prematuro o aborto espontaneo derivados de un accidente escolar que ponga en riesgo la integridad física de las estudiantes, maestras, servidoras públicas y/o prestadoras de servicios, para garantizar su permanencia escolar y el derecho al trabajo.
Coberturas
No.
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Concepto
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Suma asegurada
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a.
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Gastos Médicos por accidente (pago directo)
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$100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N.)
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b.
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Gastos Médicos por accidente (pago directo) para 50 casos especiales
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Hasta $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.)
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c.
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Pensión de invalidez para los 50 casos especiales del apartado b.
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$50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.)
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d.
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Perdidas Orgánicas "Escala B"
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$100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N.)
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e.
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Muerte accidental
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$100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N.)
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f.
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Muerte accidental a consecuencia de robo, agresión o asalto en las actividades amparadas
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$200,000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 M.N.)
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g.
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Muerte accidental colectiva en la escuela o actividad extraescolar a consecuencia de incendio
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$300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.)
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h.
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Muerte accidental a consecuencia de bullying o acoso escolar
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$100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N.)
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i.
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Gastos funerarios del asegurado en un plazo máximo de 24 horas que se descontarán de la suma asegurada por muerte accidental
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$25,000.00 (Veinticinco mil pesos 00/100 M.N.)
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J.
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Rembolso de gastos funerarios (menores de 12 años)
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$100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N.)
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k.
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Apoyo por invalidez total y permanente a consecuencia de un accidente o muerte accidental del padre, madre o tutor de los alumnos(as) asegurados
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$25,000.00 (Veinticinco mil pesos 00/100 M.N.)
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l.
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Deducible
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$0.00 (Cero pesos 00/100 M.N.)
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Riesgos Excluidos
a) No se cubre enfermedades crónicas ni infecciones preexistentes, con excepción de las que sean a consecuencia de un accidente amparado en las Reglas de Operación.
b) Lesiones que el asegurado sufra en servicio militar de cualquier clase, en actos de guerra, insurrección, rebelión y riña cuando el asegurado sea el provocador, así como actos delictivos en que participe directamente el asegurado por culpa grave del mismo o de su beneficiario.
c) Mutilación voluntaria, aun cuando se cometan en estado de enajenación mental.
d) Cualquier lesión accidental que llegase a sufrir el asegurado cuando se encuentren fuera del alcance estipulado en la póliza, anexo único y/o Reglas de Operación del Programa Seguro Contra Accidentes Personales de Escolares “Va Segur@”, o bien que esté realizando cualquier actividad por su propia cuenta y que no esté bajo supervisión de la escuela en donde se encuentra adscrito.
e) Cualquier lesión que sufra el asegurado cuando se encuentre bajo el efecto de enervantes, drogas o en estado de ebriedad. Sin embargo, cuando se demuestre que los tóxicos han sido suministrados contra su voluntad, sí tendrá la cobertura el seguro.
f) Cualquier forma de navegación submarina.
g) Lesiones o accidentes que se produzcan como consecuencia directa de enfermedades o padecimientos preexistentes, entendiéndose por preexistente la condición de los padecimientos que en fecha anterior al inicio de vigencia de la póliza hayan sido diagnosticados por un médico y/o hayan estado aparentes a la vista y/o fueren de los que por sus síntomas o signos no pudieran pasar inadvertidos y/o haya sido erogado algún gasto, por su atención médica o quirúrgica, a excepción de lo estipulado en las Reglas de Operación.
h) Lesiones autoinfligidas, cualesquiera que sean las causas o circunstancias que lo provoquen como suicidio o intento del mismo que provoquen severas lesiones.
i) Lesiones derivadas por riña no serán cubiertas cuando sean por provocación por parte del asegurado ya sea bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de algún enervante, estimulante o similar que no haya sido prescrito por un médico; por actos delictivos intencionales en que participe directamente el asegurado estando o no bajo la influencia de bebidas alcohólicas o de algún enervante, estimulante o similar haya sido prescrito o no por un médico; o bien en el desarrollo de manifestaciones o actos vandálicos donde el asegurado determine participar y dichas lesiones deriven de la confrontación con la Fuerza Pública de Seguridad. Lo anterior sustentado en la promoción de la "no violencia dentro y fuera de las aulas" y la justificación para no promover y erradicar la participación en actos vandálicos.
j) Lesiones producidas por explosiones nucleares o radioactivas, o por contaminación radioactiva.
k)Accidentes que se originen por participar en actividades como: piloto, tripulante o mecánico en vuelo de una línea aérea, o a bordo de cualquier avión fuera de las líneas comerciales autorizadas para la transportación regular de pasajeros; pruebas o contiendas de velocidad, resistencia o seguridad en vehículos de cualquier tipo; práctica profesional de cualquier deporte; paracaidismo, buceo, alpinismo, charrería, esquí, tauromaquia, vuelo en delta, box, lucha libre, lucha grecorromana o cualquier forma de arte marcial, rafting, rappel, jet ski.
l) No se cubren accidentes ocurridos en periodos vacacionales ni días festivos, excepto por eventos o actividades extraescolares programados por las escuelas y/o instituciones del Gobierno de Ciudad de México.
m) Homicidio intencional cometido por familiares del asegurado, suicidio o cualquier intento del mismo.
ñ) Hacer uso de su seguridad social, seguro institucional o atención médica por parte de alguna institución gubernamental.
Activación del servicio de aseguramiento
Para activación del servicio de aseguramiento el director, maestro o autoridad escolar responsable, o en su caso el padre, madre, tutor, y/o familiar del asegurado(a), deberá realizar los siguientes pasos de manera inmediata o, en casos excepcionales, en un plazo máximo de 72 horas posteriores al accidente:
1. Llamar al Centro de Atención Telefónica (CAT) o Línea de Primer Contacto, en donde un ejecutivo telefónico solicitará información acerca del asegurado(a) (nombre, edad, grado escolar, el nombre y dirección de la escuela) así como una breve descripción del siniestro.
2. Descargar el Aviso de Accidente el cual debe de estar debidamente llenado y contener firma del director de la escuela o Centro de trabajo y el sello del mismo.
3. Con la valoración del reporte levantado se le indicará a la persona que realizó la llamada, el hospital o clínica de la red hospitalaria donde será atendido el asegurado(a), la dirección del hospital, o en su caso las instrucciones a seguir en: aplicación de otra cobertura, atenciones subsecuentes, rehabilitaciones o complementos y demás condiciones de la póliza, incluyendo tiempos y lugares de atención.
4. La persona responsable de trasladar al asegurado al hospital asignado, deberá acudir al Área de Urgencias para que se le proporcione la atención médica y presentar lo siguiente:
Alumnos(as) |
Maestros(as), servidores(as) públicos(as) y prestadores(as) de servicios.
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“Aviso de Accidente” debidamente requisitado (firmado y sellado)
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“Aviso de Accidente” debidamente requisitado.
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Credencial o constancia escolar. Copia de la identificación oficial del padre, madre o tutor: INE, Pasaporte, Cédula Profesional, Cartilla Militar.
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Identificación oficial, e Identificación laboral con fotografía o constancia laboral
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Preguntas Frecuentes
1. Para ser cubierto contra accidentes por el Programa “Va Segur@” ¿requiero hacer un trámite?
Para la atención y uso de este beneficio, no tendrán que realizar ningún trámite de inscripción previo, ya que el Programa Seguro Contra Accidentes Personales de Escolares “Va Segur@” es totalmente gratuito y se brinda de manera universal al sector educativo de la Ciudad de México en corresponsabilidad con las autoridades educativas de la Ciudad de México.
2. ¿Qué cubre el Programa “Va Segur@”?
Protege contra accidentes escolares que ocurran:
- En los trayectos sin interrupción de la casa a la escuela y viceversa (no incluye el transporte escolar, toda vez que no es un trayecto directo);
- En el desarrollo de las actividades escolares
- Actividades extraescolares educativas, cívicas, culturales, ecológicas, deportivas, cursos de verano o durante periodos vacacionales en la Ciudad de México o en la República Mexicana organizados por las autoridades educativas o por instituciones del Gobierno de la Ciudad de México y las delegaciones políticas, actividades que deberán ser programadas y supervisadas por el director de la escuela, por la autoridad educativa Federal o de la Ciudad de México que la organice y deberán ser notificadas mínimo con 2 días hábiles de anticipación de que se lleven a cabo vía correo electrónico (vasegur@bienestaredu.cdmx.gob.mx) para que se encuentren cubiertas.
3. ¿Cómo notifico una actividad extraescolar para que sea cubierta por el programa?
Enviar la información de la actividad mínimo con 2 días hábiles de anticipación de que se lleven a cabo a la Subdirección de Atención y Seguimiento a Siniestros vía correo electrónico (vasegur@bienestaredu.cdmx.gob.mx). Deberán incluir: nombre de la actividad, breve descripción de la misma (incluir fecha y horario), plantel educativo (nombre completo, dirección y teléfono), responsables de la actividad, número de asistentes (desagregado por docentes y alumnado), lugar y dirección completa donde se llevará a cabo.
4. ¿Cómo hago uso de Va Segur@?
- En caso de accidente llamar al Centro de Atención Telefónica (CAT) o Línea de Primer Contacto 800-022-00-67, en donde un ejecutivo telefónico solicitará información acerca del beneficiario (nombre del asegurado(a), edad, grado escolar, el nombre, correo electrónico y dirección de la escuela) así como una breve descripción del accidente.
- Descargar el Aviso de Accidente el cual debe de estar debidamente llenado y contener firma del director de la escuela y sello de la misma.
- https://www.bienestareducativo.cdmx.gob.mx/storage/app/media/uploaded-files/aviso-de-accidente-seguros-azteca-sa-de-cv.pdf
- Con la valoración del reporte levantado se le indicará a la persona que realizó la llamada al Centro de Atención Telefónica (CAT) o Línea de Primer Contacto, el hospital o clínica de la red hospitalaria donde será atendido el asegurado(a), la dirección del hospital, los pasos a seguir y el llenado del “Aviso de Accidente”, informando también que por el servicio médico recibido, no se tendrá que realizar ningún pago o desembolso, así como los alcances y beneficios del programa, los pasos a seguir para el caso de atenciones subsecuentes, rehabilitaciones o complementos y demás condiciones de la póliza, incluyendo tiempos y lugares de atención.
5. ¿Cuánto tiempo se tiene para reportar un accidente?
Derivado de que es un accidente el que da origen al uso del programa, la lesión debe de ser atendida dentro de las primeras 72 horas, aunque en algunos casos se reporta de manera subsecuente ya que al momento del incidente no se considera una lesión que amerite una atención médica o el lesionado no presenta malestar; sin embargo en los casos de reportes de 72 horas se hace una revisión más exhaustiva del reporte y del accidente en sí, ya que se han encontrado casos en los que el lesionado ya acudió a un servicio médico, por lo que no aplica la cobertura de Gastos Médicos directos y solo se aplica el trámite reembolso.
6. En caso de haberse efectuado gastos médicos provocados por la urgencia o la distancia del siniestro y no haya sido posible canalizar al asegurado(a) a los hospitales con los que tenga convenio celebrado la aseguradora del Programa “Va Segur@”, ¿Qué documentación se debe presentar para solicitar el trámite de “Reembolso de Gastos Médicos por Accidentes Escolares”?
Para realizar la tramitación de “REEMBOLSO” de gastos médicos por Accidentes de Escolares, el cual procederá previa autorización de la Aseguradora y se pagará al familiar que acredite la realización de los gastos, mismo que deberá presentar en el Módulo de Atención Personalizada en la sede del Fideicomiso Bienestar Educativo ubicado en Bucareli 134, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06040 Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a jueves de 9:00 a 18:00 horas y viernes de 9:00 a 15:00 horas, presentando la documentación que la aseguradora indique.
7. ¿Cuál es el procedimiento para las citas subsecuentes (en caso que el tipo de lesión lo amerite y sea indicada por el médico tratante)?
Cuando por indicación del médico tratante se requieren Citas Subsecuentes o Citas abiertas se debe llamar al Call Center o Línea de Primer Contacto 800-022-00-67, en donde un operador telefónico solicitará el folio inicial, proporcionado cuando se registró el accidente. Posteriormente programará la cita e informará día y hora en que se llevará a cabo; en caso de no seguir el procedimiento antes descrito y se acuda al hospital sin previo aviso, no podrá ser atendido. En caso que derivado de la lesión se requiera una cita de emergencia se deberá seguir el procedimiento antes descrito y presentarse en el área de urgencias de la clínica tratante.
8. ¿Puedo solicitar una ambulancia para transportar a un lesionado?
Sólo en caso de ser necesaria, la ambulancia será enviada por la aseguradora, tales casos como:
Fracturas expuestas
Fracturas de huesos largos de extremidades inferiores
Fracturas de tobillo
Sospecha de fractura de pelvis
Sospecha de lesión de columna vertebral
Sospecha de traumatismo craneoencefálico severo
Escala de Glasgow menor a 14 (Determinación de estado de conciencia) Crisis convulsivas Sangrado ótico Deformidad de la región Vómito en proyectil Hemorragias profusas Dolor precordial secundario a trauma
Quemaduras extensas (más de 30% de superficie corporal)
Lesiones por electricidad
Intoxicaciones accidentales con alteraciones del estado de conciencia
Asfixia (en los casos de alteración del estado de conciencia) Sofocación Inmersión Estrangulación
Abdomen agudo secundario a trama contuso
Alumna gestante accidentada en el 2do y 3er trimestre del embarazo o en el primer trimestre si presenta sangrado transvaginal.
Las situaciones anteriormente descritas no limitan el criterio del médico asesor para el envío de ambulancias.
Una vez que el médico determina que es necesario el servicio, se informará el número de unidad así como el tiempo estimado de arribo de la ambulancia, este último dependerá de la disposición de unidades así como el tránsito y la distancia. Además se confirmará el arribo de ambulancia al lugar del accidente, así como al hospital elegido, el cual previamente fue alertado de la llegada y condición del paciente.
9. ¿Qué documentación solicita la Aseguradora en caso de Muerte Accidental?
El beneficiario del asegurado (padre, madre, tutor o conyugue) deberá presentar en el Módulo de Atención Personalizada en la sede del Fideicomiso Bienestar Educativo ubicado en Bucareli 134, Col. Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06040 Ciudad de México, en un horario de atención de lunes a jueves de 9:00 a 18:00 horas y viernes de 9:00 a 15:00 horas, donde se le informará de la documentación por entregar.
10. ¿En qué consiste la Pensión por Invalidez?
El seguro comprende dentro de los 50 casos especiales (los casos que derivado a las lesiones superan la suma asegurada básica) el pago de una pensión de invalidez, si a consecuencia de un accidente escolar la o el estudiante perdiere, a lo menos, un 70% de su capacidad para estudiar, actual o futura, de acuerdo a la evaluación que deberá presentar con el respectivo reporte médico sobre el estado de su salud. Por lo que se pagará en una sola exhibición la suma asegurada de 50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) una vez que haya sido declarada la invalidez, dentro de los 99 días naturales siguientes a la fecha de ocurrido el accidente.
11. ¿Qué riesgos no se encuentran cubiertos dentro de la póliza de “Va Segur@”?
- No se cubre enfermedad corporal o mental, ni infecciones con excepción de las que sean a consecuencia de un accidente amparado. Por lo que si derivado de un padecimiento ya existente se produce un accidente, este no podrá ser cubierto.
- Lesiones que el asegurado sufra en servicio militar de cualquier clase, en actos de guerra, insurrección, rebelión, riña, cuando el asegurado sea el provocador y actos delictivos en que participe directamente el asegurado por culpa grave del mismo o de su beneficiario.
- Mutilación voluntaria, aún cuando se cometan en estado de enajenación mental. *Cualquier lesión accidental que llegare a sufrir el asegurado cuando se encuentren fuera del alcance estipulado en esta póliza.
- Cualquier lesión que sufra el asegurado cuando se encuentre bajo el efecto de enervantes, drogas o en estado de ebriedad.
- Cualquier forma de navegación submarina.
- Lesiones o accidentes que se produzcan como consecuencia directa de enfermedades o padecimientos preexistentes, entendiéndose por preexistente como condición de los padecimientos que en fecha anterior al inicio de vigencia de la póliza: hayan sido diagnosticados por un médico y/o, hayan sido aparentes a la vista y/o fueren de los que por sus síntomas o signos no pudieran pasar inadvertidos y/o, haya sido erogado algún gasto, por su atención médica o quirúrgica. Ejemplos: caídas o contusiones por ataques epilépticos, desmayos por anemia y crisis convulsivas. Por lo que si derivado de un padecimiento ya existente se produce un accidente, este no podrá ser cubierto.
- Lesiones auto infringidas, cualesquiera que sean las causas o circunstancias que lo provoquen.
- Lesiones producidas por explosiones nucleares o radioactivas, o por contaminación radioactiva.
- Gastos realizados por acompañantes del asegurado o sus dependientes durante el internamiento de éste en sanatorio u hospital.
- Accidentes que se originen por participar en actividades como: piloto, tripulante o mecánico en vuelo de una línea aérea, o a bordo de cualquier avión fuera de las líneas comerciales autorizadas para la transportación regular de pasajeros; pruebas o contiendas de velocidad, resistencia o seguridad en vehículos de cualquier tipo; práctica profesional de cualquier deporte; paracaidismo, buceo, alpinismo, charrería, esquí, tauromaquia, vuelo en delta, box, lucha libre, lucha grecorromana o cualquier forma de arte marcial, rafting, rappel, jetsky.
- Homicidio intencional cometido por personal del asegurado, suicidio o cualquier intento del mismo.
- Lesiones por Riñas, Acoso Escolar o Bullying (la atención médica solo será proporcionada al afectado o lesionado, el agresor no será atendido).
12. ¿Dónde puedo obtener más información acerca de los beneficios que otorga el Programa Seguro Contra Accidentes Personales de Escolares “Va Segur@”?
Llamando al Centro de Atención Telefónica 800-022-00-67; en la Subdirección de Atención y Seguimiento a Siniestros, del Fideicomiso Bienestar Educativo, 55 11 02 17 30 extensiones 4048 y 4027
13. ¿Cuáles son mis Derechos y Obligaciones como Asegurado?
Derechos.
a) Recibir un trato digno, respetuoso, oportuno, con calidad y equitativo, sin discriminación alguna. b) Solicitar y recibir gratuitamente información clara, sencilla y oportuna acerca de la operación del programa. c) Recibir oportuna y gratuitamente los beneficios que otorga el seguro.
Obligaciones.
a) Proporcionar, bajo protesta de decir verdad, la información que le sea requerida, así como la documentación correspondiente, en el periodo que para tal efecto se le señale.
b) Actualizar sus datos, cuando así lo solicite la unidad responsable del programa.
c) Garantizar su asistencia y permanencia en el Sistema Educativo.
d) Estar inscritos(as) o prestar sus servicios en escuelas públicas de la Ciudad de México de Educación Básica o Media Superior.
e) El asegurado(a), las y los responsables del Programa deben abstenerse de hacer mal uso de los recursos que sean asignados mediante el programa, así como de realizar proselitismo político con ellos o de cualquier índole, sea directamente o por interpósita persona.
f) En caso de que la unidad administrativa correspondiente detecte que falta algún dato personal o documento, se le informará inmediatamente al asegurado(a) y deberá solventar dicha información en un plazo máximo de cinco días hábiles.
14. En caso de los trabajadores educativos que utilicen los beneficios del programa, ¿Pueden tramitar una Incapacidad Laboral?
El seguro otorgado no es una póliza de gastos médicos, es una póliza para gastos por accidentes y no incluye gastos administrativos, el expediente de la atención médica es resguardado bajo la Ley de Protección de Datos Personales de la Ciudad de México y no podrá ser proporcionado para realizar el trámite de incapacidad laboral.
15. Acorde con el Calendario Escolar, hay días en los que docentes, personal administrativo y prestadores de servicio acuden el último día de cada mes a Junta de Consejo Técnico, estas se encuentran amparadas dentro de los beneficios que otorga el Programa?
En caso de un accidente en el trayecto ininterrumpido de casa a Junta de Consejo Técnico y viceversa, así como dentro de las instalaciones del plantel educativo o Zona Regional de Servicios Educativos correspondiente, la cobertura del seguro no aplica ya que no se encuentran realizando actividades educativas con alumnos.
“Todos los programas son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todas las personas contribuyentes. Está prohibido el uso de los programas con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.
Quien haga uso indebido de los recursos de estos programas en la Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.